Autor de la fotografía: Gonzalo Tena Gómez
El Convenio marco del Consejo de Europa sobre el valor del patrimonio cultural para la sociedad o “Convenio de Faro”, se abrió a la firma en 2005 habiéndolo ratificado hasta hoy 21gobiernos nacionales, entre ellos España en diciembre de 2018. Eso obliga al Estado a comprometerse con su contenido y “cumplir, observar, hacer que se cumplan y observen puntualmente todas sus partes” actualizando las normativas nacionales y autonómicas a las directrices de aplicación marcadas por dicho Convenio.
Si el Convenio de Faro es importante para todo el Patrimonio cultural, lo es especialmente para el Inmaterial porque refrenda y refuerza la Convención UNESCO 2003 sobre su salvaguardia que agrupa […] los usos sociales, rituales y actos festivos, tradiciones, representaciones, expresiones orales incluido el idioma, conocimientos y técnicas relacionados con la naturaleza y el universo, técnicas artesanales tradicionales […] (art. 2 Convención UNESCO, París 2003)
De manera que la ratificación nos obliga también a entender el Patrimonio cultural desde una nueva óptica que iguala en valor, respeto y aprecio social la arquitectura tradicional, los instrumentos y modos de vida cotidianos y sencillos de nuestros antepasados partiendo de los recursos tomados de su entorno natural, a lo que hasta ahora hemos considerado Patrimonio: los yacimientos arqueológicos, los monumentos representativos del poder económico (palacios, castillos, iglesias etc.) y lo que contengan (cuadros, muebles, orfebrería etc.)
El derecho y deber de las comunidades patrimoniales locales como ciudadanía
Ahora bien, la salvaguarda y estudio del Patrimonio Inmaterial, presenta muchos obstáculos a superar que van desde el necesario cambio de actitud y mentalidad sobre la idea de patrimonio en la sociedad, hasta la conceptualización folklórica ejecutada por grupos de poder y la falta de conciencia sobre el valor patrimonial o autoestima de sus propios conocimientos y manifestaciones que sigue existiendo en las comunidades poseedoras, sin contar con las dificultades técnicas y metodológicas para documentar y evaluar su extenso y variado catálogo, particularidades, características y especificidades.
Todo eso exige una labor lenta y constante de información, respeto, formación, diálogo y afirmación intergeneracional e interprofesional. Porque el Convenio de Faro pone sobre la mesa no solo la obligación de los poderes nacionales e internacionales y la sociedad a reconocer y proteger las aportaciones culturales e históricas de las clases populares, sino también el derecho de esas clases populares a defenderlas activamente como parte de los bienes culturales de un territorio, otorga a los grupos y comunidades el protagonismo recordándoles sus deberes como encargados de documentar y salvaguardar sus patrimonios, estudiar, adquirir criterios sobre sus elementos patrimoniales y consultar e intercambiar puntos de vista consensuados, en igualdad con los agentes externos (técnicos e instituciones) del patrimonio implicados en la salvaguarda, para ejercer su papel determinante a la hora de decidir qué informaciones, análisis y actuaciones utilizarán los proyectos de reconocimiento y estudio de sus manifestaciones culturales. Destaca Lozano Herrero (Rev. Estudios europeos 73, 2019) que en el artículo 3 de este Convenio por primera vez, los ciudadanos, comunidades, territorio y patrimonio cultural son el centro de atención […] aparece el reconocimiento a la participación social como derecho inherente de la ciudadanía sobre su patrimonio, utilizando el concepto de “comunidad patrimonial” junto al de “participación” como ejes fundamentales para el reconocimiento y la salvaguarda de las manifestaciones culturales. Por eso es la hora de escuchar, respetar, valorar y aprender de las personas mayores sus conocimientos y reconocerlas como portadoras de sabiduría sostenible, aceptando y comprendiendo la fuente de valores sociales y empleo que se desprenden del Patrimonio. Eso y mucho más dice su texto.
Lucia Pérez García Oliver
Colectivo Sollavientos
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